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Foro de Peluquería Profesional

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  • Junio

    Contrato laboral raro

    Junio

    Enviado el día: 25-11-19 a las 00:19 am

    Hola? Acabo de firmar hace unos días mi contrato como oficial en una pelu. Me he dado cuenta después de firmar que el periodo de prueba dura igual que el contrato ,(3 meses).
    Esto es legal?
    Gracias chicoss

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Respuestas

Se han obtenido 15 respuestas. Mostrando de 1 al 15
  • AUTOR
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  • Enviar un mensaje privado a Saroketa.Pro
    Saroketa.Pro
    Enviar un mensaje privado a Saroketa.Pro

    Saroketa.Pro

    Enviado el día: 25-11-19 a las 01:03 am

    Hola Junio, esto es lo que dicta el boe
    Artículo 13. Período de prueba.
    El ingreso se considerará provisional, siempre que se concierte por escrito, hasta que no se haya cumplido el período de prueba, que para cada grupo profesional, se detalla a continuación:

    Grupo profesional 0: Seis meses.

    Grupo profesional l: Un mes.

    Grupo profesional ll: Cuarenta y cinco días.

    Grupo profesional lll: Dos meses.

    Grupo profesional lV: Setenta y cinco días.

    Durante el período de prueba, tanto el trabajador como la empresa, podrán rescindir unilateralmente el contrato de trabajo sin preaviso ni indemnización alguna.

    En el supuesto de los contratos temporales de duración determinada del artículo 15, concertados por tiempo no superior a seis meses, el periodo de prueba será el mismo, que el regulado en el presente artículo.

    Un oficial estaría en la categoría 3.
    De todas formas si puedes consultarlo con un gestor será lo mejor.
    Un saludo.

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  • Junio

    Junio

    Enviado el día: 25-11-19 a las 20:09 pm

    Pero entonces qué pasaría? Tengo un contrato nulo?

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  • Enviar un mensaje privado a Saroketa.Pro
    Saroketa.Pro
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    Saroketa.Pro

    Enviado el día: 25-11-19 a las 20:30 pm

    Si te despiden después del plazo de prueba legal y no te quieren pagar indemnización tienes las de ganar. Háblalo con ellos a ver si es que no se han dado cuenta.

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  • Nuria

    Nuria

    Enviado el día: 25-11-19 a las 21:24 pm

    Qué te puede echar cuando les dé la gana sin darte explicaciones y tú irte igualmente.

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  • Junio

    Junio

    Enviado el día: 26-11-19 a las 00:08 am

    Se lo dije a mi jefe y me dijo que su gestor le había dicho que no pasaba nada por eso...eso mismo es lo que más alucinada me tiene

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  • peluquero

    peluquero

    Enviado el día: 26-11-19 a las 12:39 pm

    No pasa nada, el periodo de prueba es independiente de la duracion del contrato, viene marcado en convenio y su duracion depende de la categoria profesional.

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  • Lourdes

    Lourdes

    Enviado el día: 26-11-19 a las 17:40 pm

    Pero un periodo de prueba puede durar lo mismo que un contrato??? Pese a lo que ponga en el convenio? Porque si es asi yo ya no entiendo nada

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  • Otra

    Otra

    Enviado el día: 26-11-19 a las 22:37 pm

    Haber Junio, que es lo raro?
    Si esto fuera un contrato de un año si que sería raro, pero tres meses, para saber si a ti te gusta y si a ellos les gustas? No veo nada raro, porque tres meses no es nada. Lo que tienes que hacer es trabajar bien y luego se habla del próximo contrato, pero si estás con estas tonterías lo que te puede pasar es que a los tres meses te vayas a la calle.

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  • Sanda

    Sanda

    Enviado el día: 26-11-19 a las 23:06 pm

    Bueno me parece increíble la respuesta que da la tal "otra". Me parece increíble que se necesiten tres meses de prueba cuando el convenio establece la mitad concretamente que son 45 días...si se va a ir a la calle por preguntar si está bien formulado su contrato...menudo percal. Habláis tan gratuitamente y atacantes siempre (en este caso solo lo digo por la tal otra) que da asco a veces pensar que esto puede ser un foro profesional.
    Es normal que ante esa situación se vea en duda y quiera pedirnos opinion sobre su caso.
    Junio, según el convenio son 45 días de prueba para tu categoría, asi que si pasados esos 45 días te despide, te corresponde tu liquidación. Y le puedes buscar las cosquillas

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  • Otra

    Otra

    Enviado el día: 26-11-19 a las 23:46 pm

    Perdona, pido perdón porque esto es muy importante más que hacer bien su trabajo. Y eso si, si te despiden pasados los 45 días le puedes buscar las cosquillas, porque la indemnización que te pueden dar por 45 días más de contrato será tan grande y millonaria que mejor ir ahora mismo ha un gestor que te informe bien.
    Hace tantos años que conozco a gente que se preocupa tanto por cada cosa que a mi no le veo la menor importancia, en vez de preocuparse por lo más importante, pero aquí lo dejo.

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  • Sanda

    Sanda

    Enviado el día: 27-11-19 a las 09:00 am

    Es que nadie te ha dicho que no se preocupe por otras cosas. No la conoces para saber si se preocupa o no por otras cosas de su trabajo. Ha planteado aquí una duda para que la ayudasemos. Punto y final. Ciñete a eso

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  • Paola

    Paola

    Enviado el día: 27-11-19 a las 11:16 am

    Hombre esk tu no le verás importancia pero la tiene k la puedan despedir sin motivo ni liquidación

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  • Uno de hace tiempo

    Uno de hace tiempo

    Enviado el día: 27-11-19 a las 14:29 pm

    Liquidación...?en 45 días o en tres meses...?si tienes las pagas prorrateadas, creo que pertenece de liquidación 20 días por año......de verdad, es para preocuparse por la liquidación...?

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  • peluquero

    peluquero

    Enviado el día: 27-11-19 a las 14:58 pm

    Si, normalmente las empresas aplican el pèriodo de prueba maximo que permite el convenio ya que no guarda relacion alguna con la duracion del contrato. Esto simplememnte significa que durante ese periodo cualquiera de las dos partes es libre de rescindir el contrato.

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  • Junio

    Junio

    Enviado el día: 27-11-19 a las 20:09 pm

    Hola. A ver por todo el revuelo que se ha montado.
    Estoy muy contenta con mi trabajo pero mi jefe acaba de montar la pelu y tengo el miedo de que no funcione y cierre, porque le veo con dudas y de ahí surgía mi problema.

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