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Actualidad Peluquería

Novedades más importantes de la última reforma

Un resumen de las últimas medidas tomadas por el Gobierno que más directamente pueden afectarnos


19/07/2012

Por APEMADRID (Asesoría Profesional de Empresas).

El sábado 14 de julio se publicó en el BOE un Real Decreto Ley que contiene una serie de medidas de ajuste que resumimos a continuación en sus puntos más importantes o que más directamente pueden afectarnos (el texto legal consta de 91 páginas).

En el IVA: el tipo general pasa del 18 al 21%, y el reducido del 8 al 10. El superreducido se mantiene en el 4%.

Además, algunas actividades que venían beneficiándose de dicho tipo reducido pasan a tributar por el general. Es el caso por ejemplo de los servicios de peluquería, o de los que prestan las funerarias, entre otros. En estos casos, el aumento es de 13 puntos.
De hecho, solo mantienen el tipo reducido un pequeño número de servicios: transportes de viajeros, hostelería, entrada a bibliotecas y museos, ferias, espectáculos deportivos de aficionados, obras de renovación y reparación en viviendas, etc.
El aumento del IVA tendrá efectos a partir del 1 de septiembre de 2012.

En cuanto al IRPF: se eleva el porcentaje de retención a los profesionales, que pasa del 15 al 19%, también a partir del 1 de septiembre.

Se elimina la compensación fiscal que existía para quienes adquirieron sus viviendas antes de 2006.

En cuanto a la contratación y empleo: desaparecen las bonificaciones a la contratación, excepto las que corresponden a los nuevos contratos para emprendedores y las de jóvenes autónomos y sustituciones por maternidad.

Se reduce la prestación por desempleo a partir del sexto mes, dejándola en el 50% frente al 60% actual.

Otras medidas: se suspende el pago de la extra de Navidad a los funcionarios.

Se liberalizan los horarios comerciales, si bien hay que considerar que existen leyes autonómicas que limitan dicha libertad horaria.

Se liberalizan también las rebajas y promociones, que podrán desarrollarse en cualquier época del año, si bien hay que tener en cuenta la misma advertencia del punto anterior.

 
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