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Economía

La nueva Reforma Fiscal reducirá la retención de los autónomos que menos cobran del 21% al 15%

El 72% de declarantes con rentas inferiores a 24.000 euros al año disfrutarán de una rebaja media del 23,47% en el IRPF


30/06/2014

Este anteproyecto de ley de reforma tributaria busca simplificar los impuestos, rebajar retenciones e impulsar la competitividad de las empresas con nuevos incentivos.

La rebaja del IRPF será de una media del 23,47% para ese 72% de declarantes que no alcanzan los 24.000 euros al año. La rebaja media será del 19,34% para los contribuyentes con una renta inferior a 30.000 euros, y del 16,72% para rentas inferiores a 60.000 euros. En el caso de una familia con dos hijos y con unos rendimientos de trabajo de 25.000 euros anuales (ejemplo de renta media), la rebaja será del 13,9% de su cuota líquida. Ésta llegará al 100% (dejará de tributar) para los contribuyentes que ganen menos de 12.000 euros al año.

Los autónomos saldrán especialmente beneficiados, puesto que el tipo de retención del autónomo profesional con rentas inferiores a 12.000 euros anuales se reduce del 21% al 15%.

La rebaja del IRPF también implicará la bajada generalizada de retenciones. Los autónomos saldrán especialmente beneficiados, puesto que el tipo de retención del autónomo profesional con rentas inferiores a 12.000 euros anuales se reduce del 21% al 15%. Este paso se hará de forma inmediata, vía decreto-ley, a partir de julio. Además, el tipo general se reduce del 21% al 20%. De igual forma, se mantiene el tipo de gravamen reducido del 15% para empresas de nueva creación, incluido en la Ley de Emprendedores.

Por otra parte, el Impuesto sobre Sociedades incorpora una bajada de tributación y medidas para fomentar la competitividad de las empresas y simplificación de deducciones. Con el fin de consolidar la aproximación de la fiscalidad de las empresas a los países del entorno, el tipo de gravamen general se reducirá desde el 30% al 28%, en 2015, y al 25%, en 2016. Asimismo, se crea una reserva de capitalización (minoración del 10% de la base imponible por incremento de fondos propios) que sustituye a la actual deducción por reinversión de beneficios.

Las pymes, además, tendrán acceso a una nueva reserva de nivelación, exclusivamente para ellas. Se trata de una minoración del 10% de la base imponible con un límite de un millón de euros. La cantidad se compensará con bases imponibles negativas en un plazo de 5 años. El tipo de gravamen de las pymes puede llegar al 22,5% si utiliza esta reserva de nivelación, y al 20,25% si suma la de capitalización empresarial. Además se mantiene el régimen especial de entidades de reducida dimensión que ofrece otros beneficios a las pymes como la libertad de amortización.

 
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