La Seguridad Social de los becarios
Desde el 1 de noviembre, los que conocemos como 'becarios' quedarán incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social
-
Ferias, ¿para qué os quiero?
-
Firma del Convenio Colectivo para Peluquerías e Institutos de Belleza para los próximos 3 años
El nuevo convenio tendrá una duración de tres años y es válido para peluquerías e institutos de belleza, con efectos económicos a partir del 1 de julio
-
Nombres de peluquerías originales
Un negocio suele comenzar con una buena idea. Además de hacer un concienzudo plan de empresa también hay que buscar un nombre original, único y moderno que haga funcionar a nuestra peluquería
-
Un cepillo térmico diseñado para acelerar el secado y perfeccionar el peinado
La nueva propuesta ya está disponible en Fama Fabré y combina rapidez, precisión y un acabado profesional en una sola herramienta.
-
Cómo ajustar la potencia de tu máquina Wahl en solo ¡10 segundos!
Wahl te proporciona todos los tips necesarios para mantener tus máquinas de corte en excelente estado. Y revisa cómo ajustar rápida y sencillamente su potencia si es que has notado que desacelera o todo lo contrario
-
Los tonos cálidos protagonizan la nueva tendencia capilar de 2026
La nueva campaña Glow Warm apuesta por colores luminosos, profundos y personalizados capaces de potenciar el brillo natural y la salud del cabello.
-
CONCURSO BEAUTY MARKET PELUQUERÍA
Conviértete en patrocinador del concurso que conecta tu marca con los profesionales de la imagen personal
Una oportunidad estratégica para posicionar tus productos directamente en manos de estilistas, barberos, esteticistas y especialistas del sector
Por APEMADRID (Asesoría Profesional de Empresas).
La nueva norma define a los becarios como aquellos que participan en programas de formación financiados por entidades u organismos públicos o privados que, vinculados a estudios universitarios o de formación profesional, no tengan carácter exclusivamente lectivo, sino que incluyan la realización de prácticas en empresa y conlleven una contraprestación económica para los afectados.
Quedan excluidos de esta definición aquellas personas para las que la realización de sus programas formativos suponga una relación laboral que determine su alta en el régimen que corresponda.
A partir de ahora tendrán toda la protección propia del sistema de Seguridad Social, a excepción de la cobertura por desempleo. Por lo tanto, se cotizará por el mismo sistema que en los contratos de formación o aprendizaje, excluyendo las contingencias de desempleo, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional.
Recomendamos


























