La sección decimoquinta de la Audiencia Provincial de Barcelona ha dictado, con fecha de 15 de mayo de 2014, una resolución desestimando completamente el recurso de apelación interpuesto por Zeltiq Aesthetics Inv. contra la Sentencia de Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Barcelona, de fecha 25 de enero de 2013. La Audiencia confirma que las patentes de las actoras son nulas, por falta de actividad inventiva (la patente del procedimiento) y por falta de novedad (la patente del dispositivo).

De esta manera, la demanda interpuesta por Zeltiq por infracción de patentes contra Clinipro - LipoCryo, empresa española fabricante de aparatología medico-estética, no solo ha sido rechazada una vez más, sino que se ha confirmado que dichas patentes son nulas.

Este parece ser el final de un proceso que comenzó el 25 de junio de 2012, cuando quedaron sin efecto las medidas cautelares contra Clinipro, dictadas el 5 de mayo de 2012, y continuó con la citada resolución del Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Barcelona del 25 de enero de 2013, desestimando la demanda de Zeltiq contra Clinipro.

Philippe Plan, CEO de Clinipro, ha comentado: "La confirmación de la invalidez de las patentes de Zeltiq - MGH, añadido al éxito mundial de LipoCryo y el desarrollo de la evolución de la lipocryolisis, LipoContrast, nos anima a entrar próximamente en el mercado americano".

El caso, que ha sido dirigido por el despacho especializado Sol Muntañola Abogados de Barcelona, ha durado más de dos años desde que Zeltig Aesthetics Inc. interpuso su demanda de medidas cautelares hasta hoy, cuando se confirman los argumentos de Clinipro.









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