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Regulación

Nuevo Reglamento para tintas de tatuaje y/o maquillaje permanente

Entra en aplicación el Reglamento 2020/2081 que restringe el uso de determinadas sustancias en tintas para tatuaje o maquillaje permanente


04/01/2022

Las tintas para tatuaje y maquillaje permanente se consideran productos de cuidado personal y, en España, están regulados por el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, así como por la disposición adicional segunda del Real Decreto 1599/1997 sobre los productos cosméticos.

Dentro de los productos de cuidado personal, estas tintas se clasifican como productos de estética. Estos se definen como aquellos productos de aplicación en la piel que no tengan la consideración legal de cosméticos, medicamentos o productos sanitarios, por su composición, indicaciones, mecanismo de acción, de aplicación o duración.

En nuestro país, su comercialización como producto de estética requiere la concesión de una autorización por parte de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).

A partir del 4 de enero de 2023 deberán dejar de comercializarse y utilizarse tintas de tatuaje y maquillaje permanente que no cumplan los criterios establecidos en el citado reglamento.

Hoy, 4 de enero de 2022 entra en aplicación el Reglamento (UE) 2020/2081 de la Comisión. Y en el caso de las restricciones relativas a pigmento azul 15:3 y el pigmento verde 7, a partir del 4 de enero de 2023.
En la indicada fecha deberán dejar de comercializarse y utilizarse tintas de tatuaje y maquillaje permanente que no cumplan los criterios establecidos en el citado reglamento. Por tanto, antes de la fecha señalada, tendrán que ser retiradas del mercado las unidades introducidas en él.

Este Reglamento es obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

La entrada en vigor del Reglamento (UE) 2020/2081 establece lo siguiente:

  • Restricción del uso de más de 4.000 sustancias químicas peligrosas.
  • Límite de concentración máxima para sustancias individuales o grupos de sustancias.

La AEMPS (Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios) publica una nota informativa sobre los aspectos más relevantes a tener en cuenta. Así mismo, actualizará periódicamente un listado con los productos para maquillaje permanente (micropigmentación) y tatuaje que se encuentran autorizados y anotados en su registro.

 
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