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Por APEMADRID (Asesoría Profesional de Empresas).
El sábado 14 de julio se publicó en el BOE un Real Decreto Ley que contiene una serie de medidas de ajuste que resumimos a continuación en sus puntos más importantes o que más directamente pueden afectarnos (el texto legal consta de 91 páginas).
En el IVA: el tipo general pasa del 18 al 21%, y el reducido del 8 al 10. El superreducido se mantiene en el 4%.
Además, algunas actividades que venían beneficiándose de dicho tipo reducido pasan a tributar por el general. Es el caso por ejemplo de los servicios de peluquería, o de los que prestan las funerarias, entre otros. En estos casos, el aumento es de 13 puntos.
De hecho, solo mantienen el tipo reducido un pequeño número de servicios: transportes de viajeros, hostelería, entrada a bibliotecas y museos, ferias, espectáculos deportivos de aficionados, obras de renovación y reparación en viviendas, etc.
El aumento del IVA tendrá efectos a partir del 1 de septiembre de 2012.
En cuanto al IRPF: se eleva el porcentaje de retención a los profesionales, que pasa del 15 al 19%, también a partir del 1 de septiembre.
Se elimina la compensación fiscal que existía para quienes adquirieron sus viviendas antes de 2006.
En cuanto a la contratación y empleo: desaparecen las bonificaciones a la contratación, excepto las que corresponden a los nuevos contratos para emprendedores y las de jóvenes autónomos y sustituciones por maternidad.
Se reduce la prestación por desempleo a partir del sexto mes, dejándola en el 50% frente al 60% actual.
Otras medidas: se suspende el pago de la extra de Navidad a los funcionarios.
Se liberalizan los horarios comerciales, si bien hay que considerar que existen leyes autonómicas que limitan dicha libertad horaria.
Se liberalizan también las rebajas y promociones, que podrán desarrollarse en cualquier época del año, si bien hay que tener en cuenta la misma advertencia del punto anterior.
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