De un tiempo a esta parte, hemos leído titulares preocupantes acerca de la posición de la UE en lo referido a los aceites esenciales, titulares como el que dice que "La Comisión Europea quiere prohibir el aceite esencial de lavanda".

Pero, por qué. ¿No hablamos de ingredientes naturales?

En realidad, no es totalmente cierto que la Comisión Europea quiera prohibir los aceites esenciales, en lo que se centra es en concreto en la actualización del CLP (Classification, Labelling and Packaging), que regula el etiquetado de los productos químicos, que a su vez se rige por el Reglamento REACH, que regula los productos químicos en general.

Entre todas las actualizaciones, una de ellas preocupa mucho a la industria de los aceites esenciales: la que pretende aplicar los pictogramas de peligro vinculados a muchos aceites esenciales en todos los productos que los contengan, sean considerados químicos o no: cosméticos, alimentos, productos terapéuticos, etc.

Por una ganancia muy cuestionable en seguridad, se corre el riesgo de provocar la desaparición de los aceites esenciales en muchos productos de consumo cotidiano, en beneficio sobre todo de los perfumes y aromas químicos.

En concreto, por una ganancia muy cuestionable en seguridad, se corre el riesgo de provocar la desaparición de los aceites esenciales en muchos productos de consumo cotidiano, en beneficio sobre todo de los perfumes y aromas químicos.

¿Qué equipo de marketing va a elegir lo natural en la composición de su producto, si va acompañado de un pictograma con una calavera y huesos cruzados? ¿Y qué consumidor lo va a utilizar?

Sin embargo, no, los aceites esenciales no están especialmente en el radar de la Comisión: simplemente no se les trata como una excepción entre los productos químicos, cuando sería importante hacerlo por múltiples razones. Si con el paso de los años se sigue tratando a los aceites esenciales como a otros productos químicos sintéticos, esto podría perjudicar seriamente al sector.

Para saber más, te explicamos que es el REACH

REACH (acrónimo de Registro, Evaluación y Autorización de Sustancias y Preparados Químicos) es un reglamento de la Unión Europea que entró en vigor en 2007 para proteger mejor la salud humana y el medio ambiente de los riesgos asociados a las sustancias químicas, fomentando al mismo tiempo la competitividad de la industria química de la UE.

Los aceites esenciales no son una excepción en REACH. Este reglamento no diferencia entre un producto natural y uno sintético: ambos se consideran químicos, y este es probablemente el núcleo del problema.

REACH (Registro, Evaluación y Autorización de Sustancias Químicas) pretende excluir las sustancias químicas más tóxicas de la vida cotidiana empujando a los fabricantes a abandonar su producción.

¿Cómo? Estableciendo engorrosos procedimientos administrativos para mantener un producto peligroso en el mercado, con el riesgo de que la ECHA (Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos) deniegue su comercialización. En otras palabras, desde 2007 se ha hecho una gran labor de clasificación de las sustancias químicas. REACH no es perfecto (por ejemplo, se le ha acusado de provocar un aumento significativo del número de ensayos con animales para evaluar la peligrosidad de los productos), pero defiende una causa noble: la de eliminar del paisaje europeo las sustancias químicas más preocupantes.

¿Se aplica REACH a los aceites esenciales? Sí, los aceites esenciales no son una excepción en REACH. Este reglamento no diferencia entre un producto natural y uno sintético: ambos se consideran químicos, y este es probablemente el núcleo del problema.

¿Qué es el CLP?

El llamado Reglamento "CLP", publicado originalmente en 2008, establece las normas europeas para la clasificación, etiquetado y envasado de productos químicos.

El CLP (Clasificación, Etiquetado y Envasado) es la continuación lógica del reglamento REACH: como no todos los productos peligrosos pueden sustituirse con un chasquido de dedos (por ejemplo: la sosa cáustica es un producto peligroso, pero ¿cómo se puede hacer jabón de Marsella sin ella?), el CLP exige que se conozca el peligro que entraña el uso de un producto químico.

El ejemplo más obvio de las consecuencias del CLP es que los productos químicos peligrosos llevan ahora pictogramas de seguridad, junto con frases de riesgo y consejos de prudencia, que pretenden alertar al usuario del peligro que entrañan.

Peligro conocido" significa "peligro clasificado" según un método de evaluación homogéneo (para poder comparar el peligro de 2 productos), así como "peligro comunicado" a todos los eslabones de la cadena (desde el operador de producción hasta el usuario final).

El ejemplo más obvio de las consecuencias del CLP es que los productos químicos peligrosos llevan ahora pictogramas de seguridad (ya había pictogramas de seguridad antes del CLP, pero éste ha cambiado el diseño de estos pictogramas y las normas para su uso), junto con frases de riesgo y consejos de prudencia, que pretenden alertar al usuario del peligro que entrañan.

Estos pictogramas ya afectan (con una pertinencia discutible) a los aceites esenciales puros que se comercializarían como producto químico, a falta de una reglamentación más adaptada. Por otra parte, estos pictogramas están hoy reservados a los productos químicos: si el producto es cosmético, o alimentario, los pictogramas no son necesarios por el momento.

¿Por qué se actualiza el Reglamento CLP?

En el marco del Pacto Verde, la Comisión está elaborando (entre otras cosas) una "estrategia para la sostenibilidad en el ámbito de los productos químicos". El objetivo declarado es doble:

  • "Reforzar la protección de la salud y el medio ambiente frente a las sustancias químicas nocivas.
  • "Estimular la innovación para lograr sustancias químicas más seguras y sostenibles.

Esto se traduce necesariamente en revisiones de los reglamentos REACH y CLP. Y esto es lo que estaba ocurriendo a finales de 2021 para el CLP.

¿Qué propone la revisión del CLP?

Las medidas que se abrieron a consulta pública fueron:

Una de las propuestas fue la de la obligación de facilitar información sobre determinados peligros en la etiqueta de los productos que actualmente quedan fuera del ámbito de aplicación del CLP (como los cosméticos, por ejemplo).

» La introducción de nuevas clases de peligro (como los alteradores endocrinos) y los criterios correspondientes.
» Aclaración de los requisitos de clasificación de las mezclas y determinadas sustancias complejas.
» Posibilidad de presentar propuestas y fijar valores medioambientales y de seguridad armonizados para determinadas sustancias.
» Obligación de que los importadores y usuarios intermedios presenten a los centros toxicológicos información sobre las sustancias clasificadas por sus efectos físicos o riesgos para la salud.
» Autorización de etiquetas desplegables multilingües.
» La introducción de normas de etiquetado adecuadas cuando no haya espacio suficiente en el envase.
» Simplificación y reducción de costes administrativos innecesarios.

Pero lo más importante sería: la obligación de facilitar información sobre determinados peligros en la etiqueta de los productos que actualmente quedan fuera del ámbito de aplicación del CLP (como los cosméticos, por ejemplo).

Es especialmente este último punto el que resulta problemático a corto plazo para la industria de los aceites esenciales.

¿Por qué nace el debate de los aceites esenciales?

Al no existir un marco normativo específico, los aceites esenciales se consideran por defecto mezclas químicas. Sin embargo, esta asimilación es cuestionada por los agentes del sector en muchos aspectos:

En primer lugar, la naturalidad de un aceite esencial, que se opone en esencia a la definición de una mezcla "química" (en el sentido "sintético" del término).
Luego está la dificultad de definir el contenido de cada componente de la "mezcla", ya que un aceite esencial suele estar formado por cientos de moléculas en proporciones variables. Entonces, ¿cómo se pueden hacer cálculos fiables de la peligrosidad?
Y, por último, porque, aunque algunos constituyentes de los aceites esenciales por sí solos presenten peligros significativos, la totalidad (= acción combinada de varias moléculas aromáticas) del aceite esencial nunca se tiene en cuenta en la evaluación del peligro. Tampoco se tiene en cuenta la compensación del efecto negativo de una sustancia por el efecto positivo de otra sustancia del aceite esencial.

Todos estos elementos conducen a una realidad que pesa sobre la industria de los aceites esenciales desde hace años: una calificación muy desfavorable de los aceites esenciales por el reglamento CLP, en comparación con un producto químico sintético.

Ante esta voluntad de ampliar las consecuencias del CLP, la industria teme que los aceites esenciales se restrinjan o prohíban en los productos de consumo, de forma injusta, debido a un enfoque inadecuado del cálculo de riesgos.

La industria teme que los aceites esenciales se restrinjan o prohíban en los productos de consumo, de forma injusta, debido a un enfoque inadecuado del cálculo de riesgos.

No obstante, acabamos de saber, tras la consulta pública, que por fin la Comisión de Medio Ambiente del Parlamento Europeo (ENVI) excluye los aceites esenciales de la lista de sustancias químicas que proponía la revisión del Reglamento CLP.

No obstante, se ha de esperar al siguiente paso, que se prevé para comienzos del mes de octubre, con la votación en el Pleno del Parlamento Europeo.

De este modo se ha escuchado a las voces que solicitaban que en el caso particular de los aceites esenciales, o incluso de los extractos naturales en general, se tuviera en cuenta como excepción a este reglamento CLP, que por otra parte, también hemos de decir, tiene muchas ventajas para la seguridad de los consumidores, la solidez del mercado europeo de productos químicos y para la transición ecológica de Europa.

Fuente: www.compania-del-sentido.es/ Extracto del artículo "La Comisión Europea y los aceites esenciales: ¿qué está pasando?"









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