El Tribunal Europeo avala la prohibición de productos cosméticos testados en animales fuera de la UE
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¡Enhorabuena!
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"La ética o la moral deben de entenderse no solo
como la realización de unas cuantas acciones buenas,
sino como la formación de un alma sensible".
Victoria Camps, ensayista y filósofa, Barcelona 1941.
El debate ético de los cosméticos vuelve a estar en el punto de mira con la confirmación, por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), de prohibir la comercialización de cosméticos en la UE testados en animales fuera de la Unión para venderlos en el mercado comunitario. Es decir, las empresas de productos cosméticos de la Unión Europea (UE) no pueden ensayar en animales sus ingredientes, aunque las pruebas tengan lugar fueran de la UE para comercializarlos en terceros países.
Este fallo responde a una consulta impugnada por la Federación Europea para Ingredientes Cosméticos para saber si podría haber sanciones legales cuando se ensayan productos con animales fuera de la UE con el objetivo de ser vendidos en países como China y Japón.
El reglamento de la UE sobre productos cosméticos prohíbe su comercialización en el caso de que contengan ingredientes probados en animales, aunque el fin sea el de seguridad y protección de la salud humana. Como se ha visto, el TUE no hace distinción del lugar donde tiene lugar los ensayos con animales.
Es más, el Tribunal estableció que es posible prohibir la introducción en el mercado comunitario de estos productos si los datos resultantes de los ensayos en animales realizados fuera del territorio de la Unión se utilizan para probar la seguridad de los productos para comercializarlos dentro de la UE.
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