CBD, admitido legalmente en los cosméticos franceses
Así al menos lo afirma, en última instancia, el Tribunal de Casación del país en determinados casos y productos
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El Tribunal de Casación francés, (tribunal de última instancia) ha dictado sentencia en el marco de un recurso sobre la legalidad de la venta de productos derivados del cannabidiol (CBD). Una decisión largamente esperada, todo ello tras el dictamen previo favorable del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
En un dictamen emitido el 19 de noviembre de 2020, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) basó su decisión sobre la legalidad del CBD en la naturaleza "no narcótica" de los productos a base del mismo, es decir, que contienen un bajo nivel de tetrahidrocannabinol (THC), sustancia con efectos psicotrópicos.
Sobre este punto concreto, el Tribunal de Casación galo prefirió, por su parte, desarrollar otro argumento. Con base al decreto de 22 de agosto de 1990, establece que se puede autorizar la venta de los brotes de CBD si son de una determinada variedad: cannabis Sativa L. Por lo tanto, solo esto será autorizado para su comercialización.
Dos decisiones sobre CBD a tener en cuenta
Además, el máximo tribunal de la orden judicial francesa recuerda que corresponde a las autoridades policiales, mediante pruebas, determinar si el producto comercializado es ilegal.
"La prohibición, incluso provisional, de la comercialización de productos que contienen cannabidiol no podría ordenarse en ausencia de prueba de que los productos en cuestión pertenecen a la categoría de estupefacientes", escribe el Tribunal.
"Uno habría esperado que el Tribunal de Casación tuviera en cuenta la decisión del TJUE, pero no es así. Sin embargo, la sentencia Kanavap (dictada por el TJUE) podría haberse beneficiado de una aclaración de la jurisdicción francesa", oopina la abogada Ingrid Metton, especialista en el expediente del cannabis terapéutico, según declaraciones a diversos medios. De hecho, muchos tribunales de primera instancia, que se ocuparon de casos similares, tuvieron que aceptar la sentencia del TJUE. A partir de ahora, también deberán tener en cuenta la del Tribunal de Casación en la jurisprudencia.
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