Deducción de gastos: ¿Qué gasto resulta 'necesario' para la explotación de un negocio?'
El concepto de necesidad es altamente discutible, aunque las características que determinan la deducibilidad de un gasto vienen descritas en la ley del impuesto sobre sociedades
-
Un día especial para la estética
-
Glosario Cosmetología Actual
Un práctico repaso a los términos que definen la cosmetología actual
-
Storz Medical, la historia de una empresa y tecnología de éxito
Las ondas de choque radiales son una revolucionaria tecnología estética, premiada y basada en la experimentación científica tras años de estudio continuado que combate la celulitis y remodela cuerpo y rostro de forma no invasiva ni dolorosa
-
Expert Jet, la revolución tecnológica de Germaine de Capuccini que transforma la piel en 60 min
Los rituales expertos de la firma española incorporan una nueva aparatología de última generación diseñada y fabricada en España que permite elaborar los protocolos más completos para todo tipo de pieles
-
CONCURSO BEAUTY MARKET ESTÉTICA
Conviértete en patrocinador del concurso que conecta tu marca con los profesionales de la imagen personal
Una oportunidad estratégica para posicionar tus productos directamente en manos de estilistas, barberos, esteticistas y especialistas del sector
OPINIÓN
Antonio Jaumandreu.
Jaumandreu & Asociados.
A menudo los contables les piden los documentos que justifican un gasto, la factura que documenta esa salida de dinero de la cuenta, porque sin ese documento no es posible contabilizar el gasto y por tanto deducirlo.
Ciertamente, el documento resulta imprescindible (aunque haya casos en que por no poder materialmente disponer de él podrían hallarse otras soluciones extraordinarias). Pero por el contrario, disponer de una factura no es condición suficiente para que un gasto sea fiscalmente deducible.
Las características que determinan la deducibilidad de un gasto vienen descritas en la ley del impuesto sobre sociedades y pueden resumirse en las siguientes:
- Que los servicios a que se refiere la factura hayan sido efectivamente prestados.
- Que resulten necesarios para la obtención de los ingresos del negocio.
- Que exista una relación directa entre ingresos y gastos.
- Que haya sido imputado al ejercicio en que se haya producido.
No hay que dar demasiadas vueltas a estos criterios para entenderlos, salvo el segundo, ya que el concepto de necesidad es altamente discutible. ¿Qué gasto resulta "necesario" para la explotación de su negocio? ¿Lo son los regalos de Navidad a sus clientes o empleados? ¿Lo es la gasolina que usted gasta yendo a trabajar? ¿Lo es una tablet? ¿Y si tiene dos? ¿Las revistas que compro para la recepción?
Estas son las eternas discusiones que nos encontramos cuando afrontamos inspecciones de Hacienda en nombre de nuestros clientes (o las nuestras propias, que también puede pasar...). El inspector empezará aplicando el criterio más rígido, es decir, negar por principio la necesidad de todos aquellos gastos que no estén muy directamente ligados con la explotación del negocio, los que resultan imprescindibles (alquiler, luz, materias primas, etc.). Y probablemente acabemos encontrándonos en un punto medio respecto a los que son dudosos. ¿Es razonable que yo invite un día a comer a un cliente importante de mi despacho, y que no le lleve al bar de la esquina a por un menú de 9 euros? Yo opino que sí, y si no lo hago cada semana probablemente el inspector lo aceptará. En cambio, ¿tiene sentido que me deduzca cada día el cruasán y el café del desayuno? Pues no, porque podría desayunar perfectamente en casa.
Por lo tanto, como casi siempre, el mejor criterio es la prudencia y la sensatez. Y si con eso no basta, recurra a su asesor, que seguro que aún es más prudente y sensato que usted...
Recomendamos












