Clinipro, empresa española fabricante de aparatología médico-estética, anuncia que como consecuencia de la demanda interpuesta por Zeltiq Aesthetics Inc. y Hospital General de Massachusetts (MGH) contra Clinipro, por supuesta infracción de patentes, el Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Barcelona ha dictado Auto, de fecha 25 de junio de 2012, aceptando la prestación de una caución sustitutoria por parte de Clinipro en sustitución de las medidas cautelares acordadas en anterior Auto de 5 de mayo de 2012, que impedía todo acto de comercialización del dispositivo LipoCryo de Clinipro en España.

Con ocasión del anterior Auto de 5 de mayo de 2012, Zeltiq emitió una serie de comunicados, claramente tendenciosos, sobre el alcance de dicho Auto, generando confusión en el sector y entre la opinión pública, al afirmar que los dispositivos LipoCryo vendidos en España habían sido retirados del mercado -algo que nunca ha ocurrido-, y que en un futuro sucedería lo mismo con el resto de países donde LipoCryo se está comercializando con éxito.

Ahora, la situación está clara, pues con el Auto de 25 de junio de 2012 Clinipro puede seguir fabricando, ofreciendo, publicitando y comercializando el dispositivo LipoCryo en España sin ningún tipo de restricción, y sin que ello suponga ningún tipo de infracción ni para el fabricante ni para el distribuidor. A nivel internacional, Clinipro seguirá comercializando LipoCryo como hasta ahora, porque en ningún caso el Auto que se había dictado producía efectos fuera de España.

A través de este comunicado, Clinipro pretende reiterar su convencimiento de que no infringe la patente de MGH, y que así se demostrará en el acto del juicio oral, que ya ha sido señalado para el próximo mes de septiembre.









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