La crisis económica está propiciando una renegociación de los arrendamientos de locales comerciales, industriales y de oficinas que, en ocasiones, concluye con la salida anticipada del arrendatario. La máxima de que los contratos deben cumplirse en sus estrictos términos siempre ha tenido excepciones, y las actuales circunstancias económicas parecen revelarse como un motivo suficiente para su modificación.

La vía más controvertida, proviene de la denominada cláusula rebus sic stantibus, cláusula que se considera está implícita en todos los contratos y conforme a la cual éstos se suscriben siempre sobre la base de las circunstancias existentes al momento de su firma, de modo que la alteración de éstas, de forma importante, a lo largo de la vida del contrato, legitimaría su modificación y, en última instancia, su resolución.

Fuente: Jaumandreu & Asociados.









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