Por APEMADRID (Asesoría Profesional de Empresas).

Además de las novedades que ya hemos anunciado en anteriores apuntes informativos, son de interés las siguientes:

  • En el caso del IVA, eliminación de la obligación de emitir autofactura por parte del destinatario de la operación. Para deducirse el IVA bastará con acreditar la operación con la factura original y haber consignado debidamente la operación en la liquidación del impuesto.
  • El interés legal del dinero queda fijado para 2011 en un 4%, y el de demora en un 5%.
  • Se elimina la tributación por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para los supuestos de constitución de sociedades y ampliaciones de capital.
  • Retenciones del IRPF: se establece un tope máximo del 43%. En el caso de que un trabajador ingrese menos de 22.000 euros y se halle en el supuesto de adquisición de vivienda habitual, tendrá derecho a solicitar de la empresa pagadora una rebaja del 2% en el porcentaje de retención que le corresponda.









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