Durante el mes de octubre de 2011, los autónomos pueden incrementar sus bases de cotización para el año siguiente. De esta forma, se aseguran percibir unas pensiones de invalidez o jubilación más altas, o cobrar más si están de baja médica.

Esta modificación que se solicita se empieza a aplicar a partir del 1 de enero de 2012. Sin embargo, conviene informarse adecuadamente de qué efecto real tendrá este aumento, en función de la edad del autónomo, o de en qué cuantía establecer el incremento, o de si el coste que supone es deducible como gasto en la contabilidad de su negocio.

Recuerde: el plazo finaliza el 31 de octubre de 2011.









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