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  • Enviar un mensaje privado a olmedo.pro
    olmedo.pro
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    Trabajar en la peluqueria con personal autonomo

    olmedo.pro

    Enviado el día: 06-03-12 a las 17:41 pm

    Hola a todos:

    He oido que se está inponiendo el trabajo en los salones con personal autonomo.Me gustaria que si alguien sabe algo sobre este tema,me dijera algo...pues cada dia se hace mas insoportable mantener al personal con la falta de trabajo... y sobre todo con la falta de responsabilidad del personal!!!!!.
    Muchas gracias


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Se han obtenido 45 respuestas. Mostrando de 1 al 40
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  • Enviar un mensaje privado a the lord.pro
    the lord.pro
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    the lord.pro

    Enviado el día: 06-03-12 a las 18:41 pm

    olmedo holasssss!!!!

    Lo que comentas no es una formula que se este imponiendo.Es algo ya conocido hace años y proviene de EE.UU...Son macro-salones regentados por un propietario que alquila tocadores o bien con un fijo o a porcentaje...
    Dentro de esta Formula hay varias opciones y por lo tanto diferentes gastos-ingresos..La mas efectiva actualmente en los paises que utilizan bastante este tipo de Negocio es que el propietario contrata un par de ayudantas que ofrece a los 6,8,10 etc....estilistas cobrandoles su servicio a los "inquilinos"(asi costea el sueldo)ello hace que estos puedan atender algun numero mayor de servicios propios que a su vez de "rebote"aumenta el porcentaje que ingresa el propietario en concepto de comision(si no es cuota fija)debido al mayor rendimiento del estilista.Tambien dicho propietario pacta un contrato con alguna firma de reventa e impone que todo el Producto que se utilice y venda de forma visual sea este,comisionando a su vez los "inquilinos" por dichas ventas con lo cual la rotacion de estos productos con tanto estilista es alta...
    El propietario siempre se reserva el derecho contractual de rescindirlo si considera que el "inquilino" no esta por la labor como se debiera y el alquiler no le produce los beneficios que otro si podria aportar....

    Un saludo

    The Lord

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  • Enviar un mensaje privado a luichi.pro
    luichi.pro
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    luichi.pro

    Enviado el día: 06-03-12 a las 18:51 pm

    creo que la legislacion española no permite trabjar de esa forma aqui

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  • Enviar un mensaje privado a the lord.pro
    the lord.pro
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    the lord.pro

    Enviado el día: 06-03-12 a las 19:50 pm

    Holassssssss!!!

    La verdad es que desconozco como estan las leyes en España respecto a ello,se como funcionan estos salones en EE.UU de hecho por ello siempre que vemos Salones de ese Pais suelen ser enormes.Pero bueno que tampoco es decir acondiciono el local y pongo 10 tocadores en alquiler ,, hay que invertir en Publicidad continua asi como la calidad de las personas que entraran a formar parte del equipo de ese Salon etc..Hay un programa televisivo(no se que canal) que sale una tal Tabatha que reorganiza salones en declive y a veces se menciona algo respecto al funcionamiento con autonomos.alguna vez haciendo "Zapping" lo he visto y tiene cierto encanto aunque no deja de ser un reality diria que hasta "montado"

    Un saludo

    The Lord

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  • Enviar un mensaje privado a hadita.pro
    hadita.pro
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    hadita.pro

    Enviado el día: 06-03-12 a las 20:50 pm

    hay una figura que es el autonomo dependiente que te factura
    por sus servicios a la empresa y tu como empresa facturas a
    tus clientes se hace un contrato en el que el autonomo realiza
    servicios a dicha empresa y se acuerdan porcentajes es
    totalmente legal y lo utilizan muchos profesionales, yo por mi
    parte creo que es la mejor forma de trabajo en el sector
    servicios sobre todo para acabar con el asentamiento

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  • Enviar un mensaje privado a olmedo.pro
    olmedo.pro
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    olmedo.pro

    Enviado el día: 07-03-12 a las 20:30 pm

    Estoy de acuerdo contigo,se acabaría con el asentamiento.....que es bastante y ademas estareis de acuerdo conmigo que cuando se es autónomo la vision y el rendimiento no tiene nada que ver.
    Os agradecería si sabeis algo mas de este tema me lo comentarais.

    Lugar
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    olmedo.pro
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    olmedo.pro

    Enviado el día: 07-03-12 a las 20:31 pm

    Estoy de acuerdo contigo,se acabaría con el asentamiento.....que es bastante y ademas estareis de acuerdo conmigo que cuando se es autónomo la vision y el rendimiento no tiene nada que ver.
    Os agradecería si sabeis algo mas de este tema me lo comentarais.

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  • Enviar un mensaje privado a mariam.pro
    mariam.pro
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    mariam.pro

    Enviado el día: 08-03-12 a las 12:20 pm

    hola mi suegra tiene peluqueria y estetica...se que la
    esteticien es autonoma...y no creo que de lo que ella saca
    van a medias creo no estoy segura...de todas formAS ELLA no
    va todo el dia algunos dias va por las mañanas y algunos
    dias hasta las 6.30 no se...en estados unisdos todos son
    autonomos y la verdad que se mantienen muy bien creo que asi
    sacas igual que un sueldo...ami me mola la idea...


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  • Enviar un mensaje privado a mariam.pro
    mariam.pro
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    mariam.pro

    Enviado el día: 08-03-12 a las 12:25 pm

    y en españa contratar los servicios de un autonomo no esta
    prohibido bamos en la empresa de mi marido con la crisis ya no
    tienen ni fontaneros ni albañiles a sueldo por que no hay
    faena y tienen a tres autonomos que contrata sus servicios
    cuando lo necesita bamos eso no esta prohibido...

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  • Enviar un mensaje privado a Teufel.pro
    Teufel.pro
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    Teufel.pro

    Enviado el día: 09-03-12 a las 11:33 am

    Aquí existen los TRADE, son autónomos económicamente dependientes de una sola empresa.

    http://www.sepe.es/registro/indexTAED.html

    Un saludo

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  • Enviar un mensaje privado a nagore.pro
    nagore.pro
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    nagore.pro

    Enviado el día: 09-03-12 a las 12:42 pm

    Nuevo no es eso, yo hace 12 años estuve trabajando en una
    pelu que trabajaba las socias y tres autonomos, cada uno
    tenia su clientela bueno tiene, xk siguen trabajando, no es
    una peluqueria excesivamente grande, mas bien mediana, no se
    k tipo de porcentaje se llevaban ya que yo trabajaba a
    sueldo, pero ya hacia tiempo k trabajaban asi y la verdad
    esk les va estupendamente, es verdad que en EE.UU. casi toda
    la gente trabaja asi, peluqueros, esteticien, tatuadores....
    es otra manera de trabajar que ahora igual a mas de uno le
    saluciona la papeleta, tanto al salon como al autonomo. bss

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  • Enviar un mensaje privado a Silvia ll.pro
    Silvia ll.pro
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    Silvia ll.pro

    Enviado el día: 10-03-12 a las 21:04 pm

    y los comerciales que van por ahi pasando que les obligan a hacerse autonomos si quieren trabajar con ellos si?

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  • Enviar un mensaje privado a pablopro.com
    pablopro.com
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    pablopro.com

    Enviado el día: 13-03-12 a las 10:01 am

    Correctamente explicado por Epiformes.

    Añado y aclarando el caso concreto de los *comerciales*, a diferencia de los peluqueros supeditados a horarios y ordenes dadas.
    El comercial, tiene libertad y autonomía propia para buscarse a sus clientes (es más incluso podría reclamar compensación en caso de finalizar en la empresa por el volumen de clientes). Tb añadir que el comercial desempeña una actividad que no es la propia de la empresa mayorista, es decir realiza un trabajo de captación de clientes profesionales.

    En el caso de los peluqueros autónomos en una peluquería, realizan la misma actividad que ésta.
    En cuanto a los autónomos depedientes, si bien dependen de la facturación que emitan a la peluquería, deben tener autonomía y sustantividad propia (que dudo que les dejáseis tener dentro de vuestra peluquería), y gozan de ciertos derechos como 15 días de vacaciones e indemnización a fin de servicios. Debe firmarse un contrato y adjuntarlo a la Seg Social.

    Por todo ello, si bien se siguen dando casos de fraude con *supuesto* alquiler de cabinas, no significa que cumplan con la legislación y por tanto son sancionables, tanto por inspección en una visita, como reclamación del supuesto *autónomo*

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  • Enviar un mensaje privado a Silvia ll.pro
    Silvia ll.pro
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    Silvia ll.pro

    Enviado el día: 13-03-12 a las 19:16 pm

    el comercial realiza captacion de clientes y el peluquero auntonomo tambien captacion de clientes..

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  • Enviar un mensaje privado a Teufel.pro
    Teufel.pro
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    Teufel.pro

    Enviado el día: 16-03-12 a las 11:47 am

    Tener empleado a un trabajador autónomo es legal desde el 2009 según el Real Decreto 197/2009 de BOE.

    http://www.sepe.es/registro/BOE-A-2009-3673.pdf

    Un saludo,

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  • Enviar un mensaje privado a luichi.pro
    luichi.pro
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    luichi.pro

    Enviado el día: 16-03-12 a las 12:02 pm

    olmedo pon 10 autonomos a trabajar y vive de ellos , es facil si sabes como

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  • Enviar un mensaje privado a KM-0.pro
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    KM-0.pro

    Enviado el día: 16-03-12 a las 14:34 pm

    Sooo por curiosidad¿Eres OLMEDO el de las CADENAS OLMEDO?

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  • Enviar un mensaje privado a pablopro.com
    pablopro.com
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    pablopro.com

    Enviado el día: 16-03-12 a las 19:29 pm

    Teufel, como que es legal??

    De verdad te has parado a leer el Real Decreto?? Claro está siempre se puede intentar meter con calzador...

    Has tenido en cta, que habla de ATÓNOMO DEPENDIENTE, con sus peculiridades como: contrato firmado, derecho a vacaciones, indemnización.. además no puede estar supeditado a control del empresario, y aportar *algo* más que simple mano de obra...

    En fin siempre se puede intentar...

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  • Enviar un mensaje privado a Teufel.pro
    Teufel.pro
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    Teufel.pro

    Enviado el día: 16-03-12 a las 20:23 pm

    Es que yo hablaba precisamente de eso, de un autónomo económicamente dependiente. Y el decreto deja suficiente margen para que haya un beneficio recíproco tanto para el TRADE como para la empresa. En este sector lo mismo es más complicada la aplicación, no lo sé , pero por ejemplo en transporte/paquetería es bastante común.

    Un saludo

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  • Enviar un mensaje privado a alisado.edu
    alisado.edu
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    alisado.edu

    Enviado el día: 19-03-12 a las 18:20 pm

    Buenas Tardes,
    Una cosa a tener en cuenta por favor, ya que también es algo frecuente en este tipo de contrataciones(al menos las Estado Unidenses según nos relatan); en ocasiones la persona que trabaja o trabajaría con nosotros, que cuenta con su propia clientela e incluso puede fidelizar con parte de la nuestra, si tiene algún tipo de disconformidad lo normal que suele hacer en esos casos es irse al lugar mas inmediato y cercano de nuestro negocio, con el consiguiente posible problema para el empresario o empresa. Una posibilidad que puede ser viable y positiva, es hacer participe al trabajador de la empresa con participaciones de tal manera que también sea suya. Esta opción hace que todo cambie y la productividad sea algo inherente al propio empleado.Se puede realizar con empleados por cuenta propia o autonomos.

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  • Puri

    Puri

    Enviado el día: 05-02-19 a las 16:55 pm

    Estoy en tu misma situacion

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  • Lara

    Lara

    Enviado el día: 07-02-19 a las 13:08 pm

    Buenas!! En Brasil esta también és la forma legal de trabajo. Los peluqueros son autónomos, justamente por el motivo de produtividad. Estube trabajando como colaboradora autónoma en una peluquería de Malága (Iba 2 dias a la semana), y presencie que, la peluquera oficial, contratada, a una hora de su hora de salida, rechazó unas mechas y, en otra ocasión, dejó una cliente con el tinte puesto y se marchó por ser su hora de salida, dejando para que la dueña lavase el pelo, salientando que la dueña no es peluquera y que la cliente salió con el pelo oreado. Para la peluquera, esta cumpliendo su trabajo, y al final del mes., querrá su sueldo; falta la visión que la peluquería no és una ciencia exacta, y que hay días que no se podrá salir a su hora. Esta peluquera contribuye para que esta peluquería fracase, para después reclamar de la crisis. Yo soy a favor de un mínimo fijo y comision.

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  • Enviar un mensaje privado a may84.pro
    may84.pro
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    may84.pro

    Enviado el día: 07-02-19 a las 14:18 pm

    Yo soy TRADE y estoy encantada, con sus mas y sus menos,pero la verdad no me puedo quejar. Y contestando a quien decia que habia visto a trabajadoras irse y dejar a la clienta con el tinte y dejar pasar unas mechas y que la peluqueria no es una ciencia cierta,disculpa??? Vamos a ver, si la jefa acepto un tinte sabiendo que su empleada sale a las 20h (es un decir) la culpa es de la jefa, ella ya ha cubierto su horario no crees? Plegar mas tarde supone llegar mas tarde a tu casa y la vida privada y el descanso no hay nada en esta vida que te lo pague. Y yo soy autonoma y te garantizo que mas tarde de las 19 no salgo JAMAS.

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  • Lara

    Lara

    Enviado el día: 15-02-19 a las 13:50 pm

    Hola!! Si trabajas de 16 a 20h, y a las 16h30 te llega un alisado de keratina, ya no vas a salir a las 20 en punto, correcto? Si a las 17h viene una cliente que quiere pasar del negro a lo rubio oscuro, tampoco saldras a las 20h. Que haces? No las atiende? Lo que vengo a me referir que, si en un mes de 22 días trabajados, te llegas 4 veces mas tarde, no pasara nada y sigues con tus clientes garantizadas y, si trabajas para otra persona, garantía de empleo. Ciencia cierta seria si tu supieras que pones un decolorante y que en 50 min tendras el pelo en la altura de tono que deseas. O que se hicieras un corte de pelo a 30 min antes de salir y la cliente no te pidiera cortar más. Hoy hay mucha competencia, todo es muy dinámico y hay que ser mas flexibles. Entre el blanco y el negro hay una variedad de tonos!! ;)

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  • ROB

    ROB

    Enviado el día: 19-02-19 a las 10:12 am

    BIEN LARA, POR FIN UN COMENTARIO INTELIGENTE!

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  • Patri

    Patri

    Enviado el día: 06-02-20 a las 10:17 am

    Buenas estoy mirando de hacerme autonoma tu me prdrias indicar....

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  • Alejandra

    Alejandra

    Enviado el día: 07-05-20 a las 09:29 am

    Hola May84.pro estoy barajando la opción de contratar en mi salon a trabajadoras autónomas dependientes, me podrías dar más información de cómo trabajas tú? Es algo nievo para mi y tengo mis dudas , gracias

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  • Enric

    Enric

    Enviado el día: 07-05-20 a las 22:27 pm

    Tienes un espacio vacío en tu peluquería o establecimiento de belleza y estás pensando en compartirlo con otro profesional (peluquero, barbero, esteticista, manicurista, etc.)? Te damos algunas de las claves más importantes a la hora de compartir un espacio de peluquería con un autónomo “clásico” o TRADE.

    España ha vivido en los últimos meses una de las etapas con más altas de autónomos que se recuerdan. Actualmente, hay más de tres millones de trabajadores por cuenta propia en nuestro país, aunque no todos tienen las mismas condiciones laborales, ni cotizan del mismo modo.

    Estos últimos años, son muchas veces las que escuchamos en los centros de estética y peluquería hablar del alquiler de puestos de trabajo dentro del mismo negocio. La gran duda que se presenta siempre es: ¿qué tipo de persona es la que puede ocupar ese puesto y qué tipo de contrato se debe firmar? ¿es legal o ilegal esta nueva forma de compartir?

    En definitiva, esperamos aclarar todas las preguntas que puedan surgir al respecto y concretar cuál es la forma más fácil y segura de llevar a cabo estos alquileres.

    La figura ideal, de la persona que comparte espacio dentro de un establecimiento de belleza, sería el peluquero autónomo “clásico” o autónomo económicamente dependiente (TRADE) y hay que tener en cuenta una serie de aspectos legales para que no parezca que se trata de un “falso autónomo”.

    Compartir espacio de peluquería con un autónomo “clásico” o TRADE
    Autónomos “clásicos” y TRAD E.
    Lo primero, es dejar claro la diferencia entre las personas que pueden alquilar tu espacio libre; autónomo por cuenta propia o autónomo económicamente dependiente (TRADE, además te contaremos porque se dice que los TRADE pueden, en algunos casos, considerarse como “falso autónomo”).

    Como ya sabemos, autónomo, es el trabajador que por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra empresa, desarrolla una actividad a título lucrativo.

    El trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE), es aquel que, siempre sin trabajadores a su cargo, factura al menos el 75% de sus ingresos totales, a un mismo cliente (requisito fundamental).

    Requisitos que debe cumplir dicho autónomo “clásico” o autónomo dependiente:

    Desarrollo de una actividad fuera del marco de un contrato laboral.
    Habitualidad en la realización de la actividad. No es válido el desarrollo en un momento concreto.
    Además, la actividad deberá realizarse de forma personal, directa y a título lucrativo.
    Realizan su actividad, bajo su propia dirección, organización y clientes.
    Disponer de material propio de trabajo para desarrollar la actividad.
    No tener ningún trabajador a su cargo.
    Realizar su trabajo de manera diferenciada con los trabajadores por cuenta ajena de la empresa.
    Es por tanto, la figura de autónomo “clásico” y TRADE, igualmente válidas y legales para compartir tu espacio de trabajo.

    ¿Por qué es el TRADE definido muchas veces como “falso autónomo”? Para evitar que sea considerado un “falso autónomo “, se deberán tener en cuenta los siguiente criterios.

    Será un “falso autónomo” si:

    Depende organizativamente del centro de belleza. Se le organiza la agenda, se le dice qué clientes o se le marca un horario de trabajo.
    Trabaja con vuestros medios. (Utiliza los productos o herramientas del centro de belleza).
    Se confunde con vuestra plantilla. (Se confunde con un trabajador de tu plantilla, por llevar uniforme).
    Le pagáis un salario homogéneo todos los meses, etc.
    Si estás pensando en alquilar un sillón o espacio libre para barbero o peluquero, una mesa de uñas o un córner para maquillaje o estética? Ten en cuenta éstas características para elegir bien a la persona que entre en tu negocio.

    Además, dichas características o requisitos, son en algunos casos, factores de dudosa interpretación. Por esa razón se debería firmar un contrato mercantil o contrato de prestación de servicios, en el que se expliquen detalladamente las condiciones del trabajo.

    Es fundamental que la relación contractual esté bien documentada, y que se cumplan todos los requisitos formales (contrato, facturas, liquidaciones de impuestos, etc.), pero además que ese contrato se cumpla estrictamente.

    Contenido de un contrato mercantil
    Un contrato mercantil ha de contener los siguientes elementos:

    La identificación completa de las dos partes: nombre o razón social, dirección y NIF.
    El objeto del contrato: los servicios que se van a prestar.
    Ha de indicar las obligaciones de las partes, también las consecuencias de incumplir el contrato.
    La duración del contrato.
    La forma de pago de los servicios.
    Por ejemplo, un TRADE nunca debería llevar el uniforme de la empresa, ni tener tarjetas de la misma, ni utilizar elementos personales como un móvil de titularidad del centro de belleza, es decir, ha de evitarse todo aquello que sugiera que estamos ante un empleado por cuenta ajena, porque es precisamente lo que la inspección de trabajo intentará demostrar en los casos dudosos.

    Para compartir espacio de peluquería de forma segura y legal, será suficiente con pedirle una copia del justificante de haber hecho el pago de la cuota de autónomo mensual y firmar un acuerdo de prestación de servicios básico. (Por ejemplo: alquiler de espacio por una cuota mensual fija)

    Por esta razón, Fifty-Fifty siempre aconseja el compartir espacios con autónomos que tengan su propia clientela, generen ingresos por su cuenta, tenga su agenda personal y material y sean completamente independientes. Siempre firmándose un contrato previo entre las dos partes y donde se expongan todos los requisitos anteriormente descritos.

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  • SMB

    SMB

    Enviado el día: 17-05-20 a las 10:48 am

    Y se dan propina a los que trabajan como autónomos?

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  • Jessi

    Jessi

    Enviado el día: 10-12-20 a las 01:44 am

    Hola por favor explícame un poco sobre ser autónoma. Soy peluquera y quieren q sea autónoma para poder trabajar en una peluquería. La.dueña se lleva el 50% de lo que facture cada mes.
    Que trámite tengo q hacer. La dueña me dice q pagará mi seguridad social. Pero se q.hay una cuota de autonomo. No se que hacer .

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  • rafaelmajete

    rafaelmajete

    Enviado el día: 10-12-20 a las 14:43 pm

    pues las propinas se las queda el autonomo .yo trabaje hace años asi en fuengirola y pagando autonomos de los 1200 limpios no bajaba .pero luego la cosa fue a peor y me cambiaron las condiciones ivamos al 50 por ciento y queria el 60 pero me neje -.para que gane ella gano yo .y yo solo me pagaba autonomos nada de productos faltaria mas y me horario de 40 horas yo me organizba jueves viernes y sabado hasta 20.30 y el lunes domingo yo no aparecia y martes solo de tarde.

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  • Chino chano

    Chino chano

    Enviado el día: 10-12-20 a las 19:28 pm

    Hola!
    Muy buen tema ,
    Pero yo me pregunto:
    Si me paso a autónomos, ¿yo me organizo mis horarios, mis días libres y mis vacaciones ?, ¿ o tendría que cumplir horarios, días libres , vacaciones, etc?...
    No sé, pero ser autónomos y trabajar como si fuera con condiciones de empleados... no me ataré la idea..
    Saludos a todos !!! Y mucho ánimo !!

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  • Rocio

    Rocio

    Enviado el día: 27-10-21 a las 17:18 pm

    Hola yo estoy buscando una persona autonoma para mi peluquería que esta en sevilla .

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  • Depende la profesi

    Depende la profesi

    Enviado el día: 16-11-22 a las 06:44 am

    Depende que profesion sea no esta permitido en españa.
    Leo comentarios y no hay profesiones que no se pueden no lo permiten. Un fontanero sí, pero al ser autonomo no trabaja exclusivamente para ti.
    Ojito con esto que luego vienen las multas

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  • Yo

    Yo

    Enviado el día: 21-11-22 a las 11:17 am

    Si va una inspeccion de trabajo puedes tener problemas. Un falso autónomo es un asalariado al que la empresa exige darse de alta como autónomo para poder trabajar pero cumpliendo todas las características del trabajo por cuenta ajena. La empresa se ahorra el coste de Seguridad Social y el trabajador deja de tener los derechos que le corresponderían como tal.

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  • NICK

    NICK

    Enviado el día: 29-01-24 a las 01:16 am

    Yo he tenido 22 años una peluquería y de autónomos nada ,personal fijo con contrato de trabajo 40 horas extras muy bien pagadas ,seguridad social pagas extraordinarias ,vacaciones 30 días y todos sus derechos en caso de despido ..Ya es bastante complicado una buena oficiala como para que encuentres autónomos!! Creo que no es legal tener autónomos 40 horas semanales

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  • NICK

    NICK

    Enviado el día: 29-01-24 a las 01:16 am

    Yo he tenido 22 años una peluquería y de autónomos nada ,personal fijo con contrato de trabajo 40 horas extras muy bien pagadas ,seguridad social pagas extraordinarias ,vacaciones 30 días y todos sus derechos en caso de despido ..Ya es bastante complicado una buena oficiala como para que encuentres autónomos!! Creo que no es legal tener autónomos 40 horas semanales

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  • NICK

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    Enviado el día: 29-01-24 a las 01:17 am

    Yo he tenido 22 años una peluquería y de autónomos nada ,personal fijo con contrato de trabajo 40 horas extras muy bien pagadas ,seguridad social pagas extraordinarias ,vacaciones 30 días y todos sus derechos en caso de despido ..Ya es bastante complicado una buena oficiala como para que encuentres autónomos!! Creo que no es legal tener autónomos 40 horas semanales

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  • NICK

    NICK

    Enviado el día: 29-01-24 a las 01:17 am

    Yo he tenido 22 años una peluquería y de autónomos nada ,personal fijo con contrato de trabajo 40 horas extras muy bien pagadas ,seguridad social pagas extraordinarias ,vacaciones 30 días y todos sus derechos en caso de despido ..Ya es bastante complicado una buena oficiala como para que encuentres autónomos!! Creo que no es legal tener autónomos 40 horas semanales

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  • NICK

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    Enviado el día: 29-01-24 a las 01:17 am

    Yo he tenido 22 años una peluquería y de autónomos nada ,personal fijo con contrato de trabajo 40 horas extras muy bien pagadas ,seguridad social pagas extraordinarias ,vacaciones 30 días y todos sus derechos en caso de despido ..Ya es bastante complicado una buena oficiala como para que encuentres autónomos!! Creo que no es legal tener autónomos 40 horas semanales

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  • AntGard

    AntGard

    Enviado el día: 29-01-24 a las 10:15 am

    Se pueden tener autónomos. Pero la SS está muy pendiente de que no existan los falsos autónomos, así que hay que tener un contrato muy estricto donde se dejen claras las condiciones del acuerdo, y una agenda diferenciada de la del salón (esto es muy importante).

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